"L. H. G. S/ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO" / Juez Técnico del Tribunal de Juicio por Jurados

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RESOLUCIÓN: Por todo ello 1. DECLARAR a H. G. L., DNI ..., penalmente responsable de TENTATIVA DE HOMICIDIO EN CONCURSO REAL CON ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR RESULTAR DE ELLO UN GRAVE DAÑO A LA SALUD, en carácter de AUTOR (arts. 79, 42, 55, 119 –primer, tercer y cuarto párrafo inc. a- y 45 del Código Penal), en perjuicio de M. T. L., hecho cometido el 25 de diciembre de 2018. 2. OTORGAR a las partes un plazo de CINCO (5) DÍAS PARA OFRECER PRUEBA conforme lo previsto en el Artículo 178 del Código Procesal Penal, las que deben ser debidamente presentadas ante la Oficina Judicial para su conocimiento, y que, oportunamente, se fije audiencia en los términos del Artículo 179 del mismo texto legal. 3. REGISTRESE, y PROTOCOLICESE. Queda notificada por su pública proclamación (arts. 195 y 196 del CPP). NOTIFIQUESE a la Fiscalía y a la Defensa Pública con la remisión de copia de la presente al correo electrónico de cada uno de ellas y al imputado personalmente. Firme que sea la presente comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia y a la División de Antecedentes Personales de la policía local, por así corresponder.-
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RESOLUCIÓN:
Por todo ello
1. DECLARAR a H. G. L., DNI ..., penalmente responsable de TENTATIVA DE HOMICIDIO EN CONCURSO REAL CON ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR RESULTAR DE ELLO UN GRAVE DAÑO A LA SALUD, en carácter de AUTOR (arts. 79, 42, 55, 119 –primer, tercer y cuarto párrafo inc. a- y 45 del Código Penal), en perjuicio de M. T. L., hecho cometido el 25 de diciembre de 2018.
2. OTORGAR a las partes un plazo de CINCO (5) DÍAS PARA OFRECER PRUEBA conforme lo previsto en el Artículo 178 del Código Procesal Penal, las que deben ser debidamente presentadas ante la Oficina Judicial para su conocimiento, y que, oportunamente, se fije audiencia en los términos del Artículo 179 del mismo texto legal.
3. REGISTRESE, y PROTOCOLICESE. Queda notificada por su pública proclamación (arts. 195 y 196 del CPP). NOTIFIQUESE a la Fiscalía y a la Defensa Pública con la remisión de copia de la presente al correo electrónico de cada uno de ellas y al imputado personalmente. Firme que sea la presente comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia y a la División de Antecedentes Personales de la policía local, por así corresponder.-

01/10/2019

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