"A., A. L. S/INFRACCION ART. 119 CP” (Registro nro. 274)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 01945nam a22002417a 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 161024s2016 a ||||| |||| 00| 0 s d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Número de Resolución N° 79/16
Tipo de Resolución Sentencias
110 ## - ASIENTO PRINCIPAL--NOMBRE CORPORATIVO (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Tribunal de Impugnación
9 (RLIN) 1
245 11 - CARATULA
Caratula "A., A. L. S/INFRACCION ART. 119 CP”
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Tribunal de impugnacion
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 16 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
Tamaño de la unidad (R) 83KB
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) Es lógico pensar que los padres no habrían querido “revictimizar” a sus hijas a través de una declaración en los términos estipulados como anticipo jurisdiccional de prueba por el art. 155 inc. 4° del CPP. Sin embargo, ello no justifica la flexibilización de garantías que amparan a todo acusado. Me refiero principalmente a la presunción de inocencia que impone la carga de la prueba a la Fiscalía, más aún cuando, tratándose de un delito contra la integridad sexual cometido contra menores de edad el código procesal inviste la Defensora del Niño como parte necesaria en representación de la víctima –a la par de la Fiscalía- en carácter de Querellante público. Tenemos dos acusadoras y no contamos con la prueba esencial para este tipo de hechos: la declaración de las víctimas…”. Las niñas podrían haber sido nuevamente entrevistadas para determinar si se hallaban en condiciones de prestar declaración en Cámara Gesell, contando ya con 5 y 6 años de edad, y no lo fueron, por la inactividad de las acusadoras.(En el caso las niñas habían sido entrevistadas pero se había determinado que no estaban en condiciones de declarar) <br/><br/>
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 23/08/2016
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DERECHO PROCESAL
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) CARGA DE LA PRUEBA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) PRESUNCION DE INOCENCIA
9 (RLIN) 84
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DECLARACION DE LA VICTIMA
700 ## - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 8
Nombre personal (NR) Trincheri, Walter Richard
700 ## - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 6
Nombre personal (NR) Cabral, Alejandro
700 ## - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 4
Nombre personal (NR) Rodríguez Gómez, Mario
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo MPFNQ 17244/2014
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="http://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/files/00274.pdf">http://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/files/00274.pdf</a>
Texto del vínculo (R) Texto completo
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification
Tipo de material Koha (Default) Sentencias

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