000 02620nam a22002057a 4500
008 230626s2019 ag ||||| |||| 00| 0 spa d
020 _aS/N
_bSEN
110 _aJuez Técnico del Tribunal de Juicio por Jurados
_9260
245 _a"TOLABA DIEGO ANTONIO S/ HOMICIDIO DOBLEMENTE CALIFICADO (ART. 80 INC 11 Y 1) (VMA. AGUADO DELIA)" /
_cJuez Técnico del Tribunal de Juicio por Jurados
260 _c2019
300 _a16 p.
_bpdf
505 0 _aSENTENCIO: I.- PENAR a Diego Antonio Tolaba, titular del DNI Nº …, de demás circunstancias personales referidas en el legajo, como autor material y penalmente responsable del delito de HOMICIDIO DOBLEMENTE CALIFICADO POR EL VÍNCULO Y POR FEMICIDIO (Art. 80 incs. 1° y 11° del C.P.), a la pena de PRISIÓN PERPETUA, accesorias legales por igual término (Art. 12 del C.P.). II.- DESESTIMAR el planteo de revisión a los 20 años de ejecución de la prisión perpetua en base a las consideraciones expuestas. III.- EXIMIR al condenado del pago de las costas del proceso (Art. 270 del C.P.P). IV.- Autorizar al Ministerio Fiscal a disponer de los elementos como ropa y otros que se encuentran incautados en este legajo. En relación al automotor marca VW Gol Country deberá hacerse saber al Juez correspondiente que no interesa mantener el secuestro de dicho rodado como perteneciente a este proceso penal, que se puede disponer conforme a derecho y según corresponda. V.- A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 11 bis de la ley 24.660 hágase saber a los deudos de Delia Aguado los derechos que la norma le acuerda, para lo cual deberán fijar un domicilio o mantener el que fuera constituido oportunamente. VI.- NOTIFIQUESE con remisión de copia a la casilla oficial del Ministerio Fiscal, de la Querella y de la Defensa. Regístrese. Firme que sea la presente ejecútese, practíquese cómputo de pena, remítanse oficios al Registro Nacional de Reincidencia, a la Policía Provincial y al Boletín Oficial para su toma de razón y comuníquese la presente a la Jueza de Ejecución por así corresponder. Oportunamente, cumplimentada la pena impuesta y previa vista al Ministerio Fiscal y al Colegio de Abogados, ARCHIVESE.
518 _a06/12/2019
700 1 _aDra. Carina Beatriz Alvarez
_9261
774 _aLEG 125912/2018
856 _uhttp://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=dd6e9516d5597829909a039d63961f3a
_yTexto completo
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_ySentencia de Responsabilidad
942 _2ddc
_cSEN
998 _cas
999 _c807
_d807