000 04523nam a2200373 4500
008 210527b2021 ag ||||| |||| 00| 0 spa d
020 _aS/N
_bSEN
110 1 _956
_aColegio de Jueces del Interior II Circunscripción
245 _a"C., J. L. S/ LESIONES LEVES AGRAVADAS POR MEDIAR VINCULO DE PAREJA Y AMENAZAS SIMPLES, DOS HECHOS, EN CONCURSO REAL Y EN CARACTER DE AUTOR Y LESIONES LEVES AGRAVADAS POR EL VINCULO Y POR MEDIAR VIOLENCIA DE GENERO Y DAÑO SIMPLE EN CONCURSO REAL Y EN CARACTER DE AUTOR" /
_cColegio de Jueces del Interior II Circunscripción
300 _a13 p.
_bpdf
490 _aFallo con Perspectiva de Género
505 0 _a1.- Actualmente le está vedado al órgano jurisdiccional que resuelve como tal, analizar la concreta o puntal corrección total o precisión absoluta del caudal argumentativo volcado donde hubo pleno acuerdo entre las partes actuantes en torno a materialidad, autoría, calificación legal y pena concreta a imponerse, tal como ya lo ha señalado recientemente nuestro Tribunal Superior (acuerdo 6/2014); ello más allá de la necesaria e ineludible verificación del acabado cumplimiento de los “requisitos legales” (artículo 219 primer párrafo a contrario sensu del CPP) y consecuente suficiencia en la racionalidad de lo propuesto, lo cual enerva toda manifiesta arbitrariedad, por lo que en definitiva no resulta alternativa viable para el suscripto analizar el ámbito o motivo de las decisiones de política de persecución penal ni afectar el ámbito de disponibilidad de la acción penal, labores institucionales éstas que se encuentran en manos exclusivas del Ministerio Fiscal, en su actuación dentro del mandato establecido por los artículos 120 de la Constitución Nacional y 69, 99 y 123 del Código Procedimental, por lo que la imparcialidad del juzgador y el debido proceso penal se afectarían si el mismo se atribuyera facultades requirentes más allá de la teoría del caso finalmente suministrada por la acusación aquí actuante, sin perjuicio de verificarse jurisdiccionalmente el cumplimiento de los requisitos legales (viabilidad de las condiciones establecidas por el artículo 217 y siguientes del CPP), como así también de suficiente coherencia argumentativa en la teoría del caso acusadora, integrada esta por la teoría fáctica o sustrato factual, es decir, la conducta claramente reprochada por la fiscalía (hecho), la teoría normativa (marco jurídico) y la teoría probatoria (elementos de prueba que sustentan la acusación fijada), en un marco de total adherencia y conformidad de la parte querellante y de una efectiva defensa técnica, todo lo cual -en su conjunto- viene en debido sustento del debido proceso penal (art. 18 CN).-
505 0 _a2.- Corresponde, tal como lo establece el artículo 219 del CPP, habiendo llegado todas las partes a un acuerdo pleno sobre la pena (conforme pautas mensurativas de los artículos 40 y 41 del Código Penal) y a tenor de lo establecido por el artículo 218 del Ritual (el cual fija que el juez no podrá aplicar una pena más grave de la acordada por las partes), imponer al encausado pena de seis meses de prisión de cumplimiento condicional y costas del proceso, conjuntamente con las reglas de conductas preindicadas (control básico para la internalización de la sanción punitiva, la atención del conflicto base en su profundidad, conjuntamente con un resalto en la función resocializadora y la finalidad protectora de la víctima), todo ello de conformidad, en definitiva, con peticionado por las partes en audiencia y en virtud de la normativa aplicable en torno a los acuerdo plenos.
518 _a08/02/2021
650 7 _2SAIJ
_aDERECHO PROCESAL PENAL
_974
650 7 _2SAIJ
_aPROCEDIMIENTO PENAL
650 7 _2SAIJ
_aLESIONES AGRAVADAS POR EL VÍNCULO
650 7 _2SAIJ
_aAMENAZAS SIMPLE
650 7 _2SAIJ
_aCONCURSO DE DELITOS
650 7 _2SAIJ
_aACUSACIÓN FISCAL
650 7 _2SAIJ
_aTEORÍA DEL DELITO
_9101
650 7 _2SAIJ
_aFUNDAMENTACIÓN SUFICIENTE
650 7 _2SAIJ
_aFACULTADES DEL JUEZ
650 7 _2SAIJ
_aFACULTADES DE CONTROL
650 7 _2SAIJ
_aPROTECCIÓN DE LA VÍCTIMA
650 7 _2SAIJ
_aPENA
_9110
650 7 _2SAIJ
_aCONDENA CONDICIONAL
650 7 _2SAIJ
_aCONTROL DE RAZONABILIDAD
650 7 _2SAIJ
_aACUERDO DE PARTES
700 _920
_aAufranc, Raul Alberto
774 _aMPF 40267 - 41079/2020
856 _u/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=3fbed9c3258cb019eb5d88e3c9200e82
_yTexto completo
942 _2ddc
_cSEN
999 _c546
_d546