000 02308nam a22002777a 4500
008 141007b2014 ag ||||| |||| 00| 0 spa d
020 _aN°89/14
_bSEN
110 _aTribunal de Impugnación
_91
245 1 1 _a"C., R.G. S/ INF. ART. 119 CP" /
_cTribunal de impugnación
300 _a23 p.
_bpdf
_g265kb
505 0 _a1) No existe afectación del derecho de defensa por imprecisión o ausencia de datos si la mención de los hechos, que motivaron e impulsaron la acción y que fueran descriptos en la sentencia, contiene los elementos necesarios y exigidos para poder ejercer debidamente la defensa material y formal y respetan la congruencia entre acusación y condena. Ello en la medida en que siempre se le proporcionó al imputado datos que permitían ubicar el hecho típico y antijurídico en un espacio temporal acotado, en un lugar determinado, bajo una modalidad concreta, habiéndose descrito y fundado, también, las agravantes reprochadas.
505 0 _a2) El hecho de que al momento de la celebración del juicio la víctima del abuso sexual ya haya alcanzado la mayoría de edad, y haya estado presente en el debate, no modifica el interés de la parte acusadora de que el tribunal conozca, a través de la declaración de un experto, las circunstancias que rodearon, la forma en que se llevó a cabo y las conclusiones a las que arribó al realizarse la Cámara Gesell (ejecutada cuando la víctima era menor de edad y en condiciones psíquicas distintas a las del momento de realizarse el juicio). Asimismo, la defensa tuvo la posibilidad de contra examinarlo, en consecuencia la valoración de dicho testimonio es perfectamente lícito.
518 _a01/09/2014
650 7 _2SAIJ
_aDEFENSA EN JUICIO
_9133
650 7 _2SAIJ
_aPRINCIPIO DE CONGRUENCIA
_9154
650 7 _2SAIJ
_aDELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL
_9155
650 7 _2SAIJ
_aVICTIMA MENOR DE EDAD
_988
650 0 _2SAIJ
_aCITACION DE TESTIGOS
_9176
700 _96
_aCabral, Alejandro
700 _95
_aDeiub, Liliana Beatriz
774 _aOFINQ 586/2014
856 _uhttp://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/files/00029.pdf
_yTexto completo
856 _uhttp://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/files/00089.pdf
_yAcuerdo del TSJ-Sala Penal N° 25/14
856 _uhttp://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/files/00088.pdf
_ySentencia TI N° 05/15
942 _2ddc
_cSEN
999 _c29
_d29