000 02470nam a22003617a 4500
008 160318s2016 ag ||||| |||| 00| 0 s d
020 _aS/N
_bIV
110 _aTribunal de Impugnación
_91
245 1 1 _a"J., S. F S/ ABUSO SEXUAL" /
_cTribunal de impugnacion
300 _a0 p.
_csin archivo
505 0 _a1) La defensa no se encuentra legitimada para impugnar la decisión que deniega un pedido de sobreseimiento (cfr. art. 172 in fine del CPP), sin embargo en el caso debe sortearse el escollo formal y tratarse el fondo del asunto dado que se encuentran planteadas cuestiones relativas a la Ley Orgánica de la Justicia Penal y al Código de procedimiento en relación a plazos fatales que determinan, precisamente, la extinción de la acción penal y consecuente sobreseimiento.
505 0 _a2) Se entendió que resultó ajustada a derecho la declaración de rebeldía (art. 52, CPP) del imputado, que alegó ser una persona pública, candidato a concejal en varias oportunidades, si se lo intentó ubicar no sólo en el último domicilio aportado sino en todos aquellos que emergían del legajo como supuestas residencias, ello teniendo en consideración que se trabaja con las herramientas que se tienen al alcance, resultando imposible poder corroborar cada argumento introducido por la defensa.
505 0 _a3) Los arts. 87 del CPP y el 56 de la LOJP establecen los plazos de duración máxima de los procesos, el primero respecto de los procesos iniciados tras la entrada en vigencia del nuevo ordenamiento procesal y el segundo para los casos iniciados bajo el régimen de la Ley 1677. Es aplicable a ambos grupos de casos lo normado en el art. 52 del ritual, vinculado con la suspensión de los procedimientos por efecto de la declaración de rebeldía.
518 _a08/3/2016
650 _2SAIJ
_aDERECHO PROCESAL
650 _2SAIJ
_aIMPUGANCION
650 _2SAIJ
_aADMISIBILIDAD
650 _2SAIJ
_aREBELDIA
653 _aSOBRESEIMIENTO DENEGADO
653 _aLEGITIMACION DEL IMPUTADO
653 _aPLAZOS FATALES DE DURACION DEL PROCESO
653 _aART. 172/CPP
653 _aART. 239/CPP
653 _aART. 52/CPP
653 _aART. 87/CPP
653 _aART. 56/LOJP
700 _94
_aRodríguez Gómez, Mario
700 1 _910
_aRepetto, Andrés
700 1 _914
_aSommer, Federico Augusto
774 _aMPFNQ 40674/15
856 _uhttp://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/files/AvisoKohaPenal.pdf
_yAudiencia in voce
942 _2ddc
_cIV
999 _c228
_d228