000 02506nam a2200337 4500
008 151029s2015 a ||||| |||| 00| 0 s d
020 _aS/N
_bIV
110 _aTribunal de Impugnación
_91
245 1 1 _a"NACIF, MARÍA CRISTINA S/LESIONES CULPOSAS" /
_cTribunal de impugnacion
300 _a0 p.
_csin archivo
505 0 _a1) Es admisible formalmente, por vía de excepción, la impugnación deducida contra el pronunciamiento que rechazó el pedido de sobreseimiento por extinción de la acción penal, en virtud de haber operado el término de la prescripción pues la materia invocada obedece a el acaecimiento de un plazo fijado legalmente. Asimismo, contribuye a resolver en tal sentido el reenvío efectivizado por el TSJ para que el Tribunal de Impugnación se expida sobre el fondo de la cuestión.
505 0 _a2) En virtud de lo resuelto por el TSJ mediante Acuerdo n°19/15, en el presente legajo, al sostener que no es posible asimilar la formulación de cargos al primer llamado a prestar declaración indagatoria a los efectos de la interrupción del curso de la prescripción (cfr. art. 67, inc. b, CP), es decir que se descartó la existencia de acto interruptivo alguno y en atención a la fecha de comisión del hecho investigado y de la subsunción legal dada al mismo (art. 94, CP), en el peor de los casos, aún acudiendo al criterio sentado por el TSJ in re “Sobisch” (Ac. n° 83/13), la acción penal se encuentra prescripta. Es válido recordar que en el último antecedente mencionado se sostuvo que cuando el delito prevé en forma conjunta las penas de prisión e inhabilitación, la prescripción de la acción se rige por la de mayor extensión temporal y no por la de naturaleza más grave.
518 _a21/08/2015
650 7 _2SAIJ
_aDERECHO PENAL
_973
650 7 _2SAIJ
_aPRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL
_9164
650 7 _2SAIJ
_aPENAS CONJUNTAS
650 7 _2SAIJ
_aIMPUGNACION
650 7 _2SAIJ
_aADMISIBILIDAD
653 _aACTOS INTERRUPTIVOS DE LA PRESCRIPCION
653 _aFORMULACION DE CARGOS
653 _aART. 62/CP
653 _aART. 67/CP
653 _aART. 133/CPP
700 _93
_aVaressio, Daniel Gustavo
700 1 _912
_aElosu Larumbe, Alfredo Alejandro
700 _911
_aMartini, Florencia María
774 _aMPFZA 13277/2014
856 _uhttp://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/files/AvisoKohaPenal.pdf
_yAudiencia in voce
856 _uhttp://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/files/00149.pdf
_yAcuerdo N° 19/15 - TSJ - Sala Penal-
942 _2ddc
_cIV
999 _c175
_d175