"COMISARIA QUINTA S/INVESTIGACION HOMICIDIO (VICTIMA PADILLA)" / Tribunal de Impugnacion

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No obstante haber previsto el legislador la irrecurribilidad de las decisiones adoptadas en el marco de la audiencia de control de la acusación (arts. 168 y 172, últ. párr. CPP), se declaró la admisibilidad del remedio deducido por la defensa, en razón de entender que -mas allá de tal clara y determinante disposición- no puede obviarse el control de constitucionalidad (art. 229, CPP). En el caso, se consideró que existió falta de fundamentación en lo decidido por el Juez de Garantías interviniente, al rechazar los planteos de la defensa, vicio que también -entendieron- adolecía la acusación formulada. Circunstancias que afectan el derecho del justiciable a conocer el hecho imputado (derecho de defensa) y el debido proceso. Se declaró la nulidad y se ordenó el reenvío.
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No obstante haber previsto el legislador la irrecurribilidad de las decisiones adoptadas en el marco de la audiencia de control de la acusación (arts. 168 y 172, últ. párr. CPP), se declaró la admisibilidad del remedio deducido por la defensa, en razón de entender que -mas allá de tal clara y determinante disposición- no puede obviarse el control de constitucionalidad (art. 229, CPP). En el caso, se consideró que existió falta de fundamentación en lo decidido por el Juez de Garantías interviniente, al rechazar los planteos de la defensa, vicio que también -entendieron- adolecía la acusación formulada. Circunstancias que afectan el derecho del justiciable a conocer el hecho imputado (derecho de defensa) y el debido proceso. Se declaró la nulidad y se ordenó el reenvío.

02/09/14

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