TY - BOOK AU - Patricia Romina Lupica Cristo AU - Repetto,Andrés AU - Lupica Cristo,Marco ED - Tribunal de Impugnación TI - "GUERRERO, O.; RETAMAL, M. S. S/ ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE AGRAVADO POR PLURALIDAD DE AUTORES O CON ARMAS" SN - 07/23 KW - DERECHO PROCESAL KW - SAIJ KW - IMPUGNACIÓN ORDINARIA KW - SENTENCIA KW - APRECIACIÓN DE LAS PRUEBAS KW - ARTS. 21, 245 Y 246 CP KW - DERECHO PENAL KW - DELITO CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL KW - ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE KW - PLURALIDAD DE AUTORES KW - ART. 119, 4° PÁRRAFO INC. d). N1 - • No existe la mentada contradicción señalada por la defensa, es evidente que con la información ofrecida durante el debate, el tribunal tuvo en claro la fecha del hecho reprochado. (…) El Tribunal de juicio realizó una lectura convergente y recurrente de todos los elementos incorporados al debate respecto de la fecha dando una acabada explicación; • Las razones por las cuales la joven pudo haber vestido una remera, pueden ser de las más variadas, pero esto en ningún modo autoriza a dudar de la credibilidad del relato de la misma; • Las presuntas imprecisiones en relato de la víctima, tienen vinculación directa con lo traumático del hecho que le tocó padecer, al que además debe adicionarse los intentos de suicidio de la misma. (…) Omitir el acceso carnal en su relato en nada afecta la credibilidad, siempre que sea un dato valorado de manera conjunta con las pruebas producidas en el juicio; • En el testimonio de la víctima, a criterio del tribunal, no se advierten rasgos de enojo o encono en contra de los acusados, que permitan suponer que trata de perjudicarlos y por lo tanto resulta un testimonio creíble y además de sustancial peso probatorio de cargo; • Las emociones muchas veces implican la posibilidad de que ello haya provocado alguna dificultad de integrar la totalidad de la información en la memoria, pero esto no puede anular la credibilidad de todo un testimonio o suponer que la víctima se presentó a falsear su verdad; • Lo que la defensa planteó es únicamente una disconformidad con la valoración de la prueba, pero que en ningún modo torna la valoración efectuada en arbitraria; • La ponderación de las circunstancias agravantes y atenuantes, llevó a la determinación de una pena proporcional y justa.; 01/03/2023 UR - http://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=03ae10215c9e036803999532cfcf06f4 UR - https://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-detail.pl?biblionumber=909 UR - https://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-detail.pl?biblionumber=910 ER -