TY - BOOK ED - Juez Técnico del Tribunal de Juicio por Jurados TI - "R. L. A.-J. H. A. S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL" PY - 2022/// N1 - RESUELVO: I. Imponer a H. A. J. la pena de diez (10) años de prisión de cumplimiento efectivo y accesorias legales, por haber sido declarado culpable del delito de Abuso sexual con acceso carnal, agravado por el grave daño ocasionado a la víctima, por el vínculo y por aprovecharse de la convivencia preexistente con menor de 18 años en carácter de autor, cometido entre los días 30 de agosto y 10 de septiembre de 2.018 en perjuicio de su hija M. J. J. R. de entonces cinco (5) años de edad (art. 119 primer, tercer y cuarto párrafo inc. a), b) y f) y 45 del Código Penal y art. 179 y 202 del CPP). II. Imponer a L. A. R. la pena de nueve (9) años de prisión de cumplimiento efectivo y accesorias legales, por haber sido declarada culpable del delito de Abuso sexual con acceso carnal, agravado por el grave daño ocasionado a la víctima, por el vínculo y por aprovecharse de la convivencia preexistente con menor de 18 años en carácter partícipe necesaria, cometido entre los días 30 de agosto y 10 de septiembre de 2.018 en perjuicio de su hija M. J. J. R. de entonces cinco (5) años de edad. (art. 119 primer, tercer y cuarto párrafo inc. a), b) y f) y 45 del Código Penal y art.179 y 202 del CPP). II. Firme que sea, notifíquese por intermedio de la Oficina Judicial, a las víctimas, en los términos del Art. 11 bis de la Ley 24.660, consultándole si desean ser informadas acerca de los planteos referidos a la ejecución penal del condenado, haciéndole saber que en su caso deberán fijar un domicilio, podrán designar representante legal, proponer peritos y establecer el modo en que recibirán las comunicaciones. III.- Firme que sea, comuníquese a la Dirección de Asistencia a Impugnación y Coordinación General para que dé cumplimiento al Art. 5, incisos 4 y 5 del Reglamento del Registro de Identificación de personas condenadas por delitos contra la integridad sexual. IV.- Regístrese, notifíquese y protocolícese. Requiérase a la Oficina Judicial para que, firme que sea, se practique cómputo de pena y planilla de costas, dándose debida intervención a la Sra. Juez de Ejecución Penal ; 29/04/22 UR - http://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=50340d852806d752d74b1fda9a4c7d55 ER -