TY - BOOK AU - Repetto,Andrés AU - Varessio, Daniel Gustavo AU - Folone, Gladys Mabel ED - Tribunal de Impugnación TI - "REBOLLEDO, LEANDRO – MENDEZ, LUIS S/ROBO CALIFICADO" SN - S/N KW - SAIJ KW - DERECHO PROCESAL KW - PRISION PREVENTIVA KW - PRESUNCION KW - ACREDITACION KW - MEDIDAS DE COERCION KW - PRINCIPIO GENERAL KW - RIESGO PROCESAL KW - ART. 113/CPP KW - ART. 110/CPP KW - ART. 114/CPP N1 - 1) Toda vez que las medidas de coerción en general (art. 113, CPP) y la prisión preventiva (art. 114, CPP) en particular tiene por finalidad asegurar la comparecencia del imputado al juicio así como evitar el entorpecimiento de la investigación (art. 110, CPP); se consideró, entonces, fundado y razonable el pedido de la fiscalía de mantener la detención del encausado, durante un mes, a efectos de asegurarse poder entrevistar a ciertos testigos sin que exista riesgo de amedrentamiento o cualquier tipo de actitud por parte del imputado que pueda de algún modo coartar la libertad de declarar del testigo o ponga en riesgo su testimonio.; 2) Los riesgos procesales son difíciles de probar pues en realidad son presunciones que tienen mayor o menor verosimilitud y en tal sentido son las circunstancias que rodean el caso las que hacen que esa presunción posea alta o baja probabilidad de que suceda.; 26/11/2015 UR - http://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/files/AvisoKohaPenal.pdf ER -