"LUCINI R. F. S/ FEMICIDIO (VICTIMA. MARÍA MARTA TOLEDO)" / Jueza Técnica del Tribunal de Juicios por Jurados

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RESUELVO: I.- DECLARAR a LUCINI, R. F., DNI …, de demás datos personales obrantes en el legajo, CULPABLE en calidad de autor del delito de HOMICIDIO AGRAVADO POR HABER SIDO COMETIDO CON VIOLENCIA DE GÉNERO. FEMICIDIO, en los términos del artículo 80 INC. 11 y 45 del Código Penal, por el hecho cometido el 29 de Julio de 2020 en la ciudad de Neuquén, en perjuicio de María Marta Toledo. II.- Se otorgan 5 (cinco) días a las partes para el ofrecimiento de la prueba relativa a la fijación de la pena (Art. 178 segundo párrafo del CPPN). III.- Cumplido, fíjese por la OFIJU audiencia para la determinación de la pena (Art. 179 CPPN). IV.- Regístrese, notifíquese la presente mediante copia a los correos oficiales de las partes. Cúmplase.
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RESUELVO:
I.- DECLARAR a LUCINI, R. F., DNI …, de demás datos personales obrantes en el legajo, CULPABLE en calidad de autor del delito de HOMICIDIO AGRAVADO POR HABER SIDO COMETIDO CON VIOLENCIA DE GÉNERO. FEMICIDIO, en los términos del artículo 80 INC. 11 y 45 del Código Penal, por el hecho cometido el 29 de Julio de 2020 en la ciudad de Neuquén, en perjuicio de María Marta Toledo.
II.- Se otorgan 5 (cinco) días a las partes para el ofrecimiento de la prueba relativa a la fijación de la pena (Art. 178 segundo párrafo del CPPN).
III.- Cumplido, fíjese por la OFIJU audiencia para la determinación de la pena (Art. 179 CPPN).
IV.- Regístrese, notifíquese la presente mediante copia a los correos oficiales de las partes. Cúmplase.




19/04/2021

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