"R. E. L. S/ LESIONES" / Tribunal Unipersonal

Por: Colaborador(es): Series Fallos con Perspectiva de GéneroDescripción: 11 p. pdf 123 KbISBN:
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Conforme el carácter vinculante del acuerdo pleno (art. 217 CPP) al que arribaron las partes Ministerio Público Fiscal y defensa, respecto de la acreditación de la materialidad del hecho, autoría, responsabilidad penal del encausado y la pena que habrá de imponerse; corresponde, tal como lo establece el art. 219 del CPP, convalidar el mismo a la pena de dos años de prisión de cumplimiento condicional, más costas del presente proceso (art. 268 y ss. del C.P.P); todo ello en base a las consideraciones expuestas en torno al Acuerdo Pleno presentado por las partes intervinientes (artículos 217 y 218 del CPP, 40, 41 y 44 del Código Penal).
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Conforme el carácter vinculante del acuerdo pleno (art. 217 CPP) al que arribaron las partes Ministerio Público Fiscal y defensa, respecto de la acreditación de la materialidad del hecho, autoría, responsabilidad penal del encausado y la pena que habrá de imponerse; corresponde, tal como lo establece el art. 219 del CPP, convalidar el mismo a la pena de dos años de prisión de cumplimiento condicional, más costas del presente proceso (art. 268 y ss. del C.P.P); todo ello en base a las consideraciones expuestas en torno al Acuerdo Pleno presentado por las partes intervinientes (artículos 217 y 218 del CPP, 40, 41 y 44 del Código Penal).

02/07/2018

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