"CIFUENTES MIRANDA, JOSE RICARDO S/ ESTAFA” / Tribunal de impugnación

Por: Colaborador(es): Descripción: 18 p. pdf 90KbISBN:
  • N° 27/15
Tema(s): Recursos en línea:
Contenidos:
1) Es función del Tribunal de Impugnación, en el ejercicio de control de la sentencia, verificar si los fundamentos en los que la sostienen se apoyan de manera razonada en las pruebas producidas, efectuando para ello un análisis de razonabilidad y coherencia entre lo sostenido por las partes, la información que se desprende del material ventilado durante el debate y lo afirmado en la pieza puesta en crisis. Se trata de comprobar que el juicio llevado a cabo en la primera instancia responda a estándares de justicia y legalidad.
2) Se rechazó la impugnación por considerarse que no se extraía de la presentación una crítica a la sentencia, fundada en una absurda o arbitraria valoración de la prueba producida, sino que en realidad reiteró el alegato oportunamente sostenido en la instancia de debate, pretendiendo reeditarlo. Se trató de una valoración de la prueba diferente a la que realizara el sentenciante y, en consecuencia, con las conclusiones a las que aquel arribara.
3) El impugnante invocó la afectación del derecho de defensa en juicio debido a supuestas fallas en la grabación del audio de la audiencia pero no sólo que no acreditó el perjuicio sufrido por dicha presunta falla técnica sino que, incluso, atento a las argumentaciones desarrolladas, su propia afirmación se vería desmentida razón por la que se entendió que sólo se trató de una mera enunciación del agravio y por tanto de ninguna manera podría prosperar.
4) La sospecha sembrada sobre la participación de otras personas en la maniobra ardidosa juzgada sólo reconfirma la autoría de quien resultara condenado pues importa un reconocimiento indirecto de la responsabilidad atribuida, sólo que se pretende compartir la responsabilidad con otros sujetos
Etiquetas de esta biblioteca: No hay etiquetas de esta biblioteca para este título.
Valoración
    Valoración media: 0.0 (0 votos)
No hay ítems correspondientes a este registro

1) Es función del Tribunal de Impugnación, en el ejercicio de control de la sentencia, verificar si los fundamentos en los que la sostienen se apoyan de manera razonada en las pruebas producidas, efectuando para ello un análisis de razonabilidad y coherencia entre lo sostenido por las partes, la información que se desprende del material ventilado durante el debate y lo afirmado en la pieza puesta en crisis. Se trata de comprobar que el juicio llevado a cabo en la primera instancia responda a estándares de justicia y legalidad.

2) Se rechazó la impugnación por considerarse que no se extraía de la presentación una crítica a la sentencia, fundada en una absurda o arbitraria valoración de la prueba producida, sino que en realidad reiteró el alegato oportunamente sostenido en la instancia de debate, pretendiendo reeditarlo. Se trató de una valoración de la prueba diferente a la que realizara el sentenciante y, en consecuencia, con las conclusiones a las que aquel arribara.

3) El impugnante invocó la afectación del derecho de defensa en juicio debido a supuestas fallas en la grabación del audio de la audiencia pero no sólo que no acreditó el perjuicio sufrido por dicha presunta falla técnica sino que, incluso, atento a las argumentaciones desarrolladas, su propia afirmación se vería desmentida razón por la que se entendió que sólo se trató de una mera enunciación del agravio y por tanto de ninguna manera podría prosperar.

4) La sospecha sembrada sobre la participación de otras personas en la maniobra ardidosa juzgada sólo reconfirma la autoría de quien resultara condenado pues importa un reconocimiento indirecto de la responsabilidad atribuida, sólo que se pretende compartir la responsabilidad con otros sujetos

12/05/2015

No hay comentarios en este titulo.

para colocar un comentario.

Con tecnología Koha