"ROMERO, J. E. S/ABUSO SEXUAL" / (Registro nro. 902)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 04203nam a22003737a 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 231129s2023 ag ||||| |||| 00| 0 spa d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Número de Resolución 50/23
Tipo de Resolución Sentencias
110 ## - ASIENTO PRINCIPAL--NOMBRE CORPORATIVO (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Tribunal de Impugnación
9 (RLIN) 1
245 11 - CARATULA
Caratula "ROMERO, J. E. S/ABUSO SEXUAL" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Tribunal de Impugnación
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 29 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1) En tanto se trata de una impugnación de fiscalía y querella contra una sentencia absolutoria previsto por el art. 237 del CPP, es necesario ingresar al fondo de la cuestión planteada para analizar la legitimación objetiva en los términos previstos por la norma citada.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2) En estos supuestos, se establecen importantes restricciones objetivas de admisibilidad que, sin llegar a romper plenamente con el sistema de bilateralidad recursiva, circunscriben la posibilidad de control a casos de verdadera excepción. La ley 2784, en el citado artículo 237 ha delimitado la posibilidad de impugnar la sentencia absolutoria a dos motivos específicos: arbitrariedad y apreciación absurda de las pruebas recibidas en juicio.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3) En primer lugar, advierto en relación al testimonio de la Lic. en Psicología Forense, que no se trata de la omisión de una prueba decisiva sino que se la valora en el contexto del razonamiento que realizan los jueces respecto a la insuficiencia de prueba para superar el estándar de la duda razonable, en función de la inconsistencia del relato (coherencia interna) a tenor de los testimonios producidos en juicio por quienes recibieron la develación y ausencia de corroboración periférica (consistencia externa).<br/><br/>
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 4) El razonamiento de los jueces de Juicio respecto a la ausencia del testimonio de quien habría recibido la develación consolida la falta de acreditación de la consistencia del relato. No se trata de intervenir en la estrategia de las partes ni de valorar la no producción del testimonio sino de señalar la insuficiencia de evidencia consistente con el relato de la adolescente. Explicar que –según los dichos de la víctima- dicho testimonio podría haber apoyado la tesis acusatoria pero no se produjo en juicio.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 5) Respecto de la presunta contradicción de los jueces que no descartan la veracidad del relato de la víctima pero igualmente absuelven al acusado, no se trata de una contradicción real sino aparente, porque no afirman, como sostuvo la fiscalía, que el relato es veraz sino que no pueden descartar la veracidad, que tiene consecuencias radicalmente distintas en materia procesal penal. Es decir, no pueden afirmar ni negar la veracidad del relato.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 6) Desde la óptica de la presunción de inocencia no es lo mismo que se acredite la mera posibilidad, que la probabilidad o la certeza. Cuando idénticos elementos de prueba sostienen posibilidades contrapuestas, no se supera el estado de duda que constitucionalmente favorece al reo.<br/><br/>
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 7) Finalmente, la vulnerabilidad de la víctima, el interés superior de la adolescente, la perspectiva de género y el fallo “Abello”, son circunstancias que en sí mismas no facultan a flexibilizar las garantías constitucionales que amparan al imputado y prescindir de prueba suficiente para superar el estándar de la duda razonable.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 8) Las impugnaciones no habrán de tener recepción favorable por cuanto no emerge de la crítica ensayada por las acusadoras los motivos restrictivos que objetivamente admite la impugnación contra una sentencia absolutoria (art. 237 CPP).<br/><br/>
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 14/08/2023
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DERECHO PROCESAL
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
9 (RLIN) 232
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) PRESUNCION DE INOCENCIA
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
9 (RLIN) 84
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) DUDA RAZONABLE
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) IN DUBIO PRO REO
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) DERECHO PENAL
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) DECISIONES IMPUGNABLES
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) SENTENCIA ABSOLUTORIA
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ARBITRARIEDAD Y APRECIACIÓN ABSURDA DE LA PRUEBA
700 ## - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Martini, Florencia María
9 (RLIN) 11
700 ## - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Trincheri, Walter Richard
9 (RLIN) 8
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
Nombre personal (NR) Repetto, Andrés
9 (RLIN) 10
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo LEG MPFZA 39236/2022
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="http://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=45592aed162c9da923a8b86b4c272cc4">http://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=45592aed162c9da923a8b86b4c272cc4</a>
Texto del vínculo (R) Texto completo
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification
Tipo de material Koha (Default) Sentencias

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