"A. A. C. S/LESIONES LEVES DOLOSAS, AGRAVADAS POR MEDIAR VÍNCULO DE PAREJA ENTRE VÍCTIMA Y VICTIMARIO, Y POR SER CAUSADAS POR UN HOMBRE EN PERJUICIO DE UNA MUJER, MEDIANDO VIOLENCIA DE GÉNERO " / (Record no. 554)

MARC details
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 05108nam a2200313 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 210813s2021 ag ||||| |||| 00| 0 spa d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Número de Resolución S/N
Tipo de Resolución Sentencias
110 1# - ASIENTO PRINCIPAL--NOMBRE CORPORATIVO (NR)
9 (RLIN) 61
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Tribunal Unipersonal - II Circunscripción
245 11 - CARATULA
Caratula "A. A. C. S/LESIONES LEVES DOLOSAS, AGRAVADAS POR MEDIAR VÍNCULO DE PAREJA ENTRE VÍCTIMA Y VICTIMARIO, Y POR SER CAUSADAS POR UN HOMBRE EN PERJUICIO DE UNA MUJER, MEDIANDO VIOLENCIA DE GÉNERO " /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Tribunal Unipersonal - II Circunscripción
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 12 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
490 ## - MENCION DE SERIE (R)
Mención de serie (R) Fallo con Perspectiva de Género
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1.- El derecho penal y su esencia misma, el poder punitivo, encuentran límites condicionantes e infranqueables para su legitimación, tanto en el plano material (principio de legalidad / principio de culpabilidad) como formal (juicio previo, debido proceso), todo ello conforme al ámbito ineludible de razonabilidad que impone el sistema republicano y principalmente el Estado de Derecho con su bloque de constitucionalidad protector de derechos humanos esenciales, máxime en una materia en la que se hallan en debate y objeto de decisión jurisdiccional los bienes jurídicos de mayor jerarquía, imponiéndose por ende la necesidad de fundamentación clara, precisa y racional.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- La primera limitación entonces a la labor jurisdiccional de determinación legal de la pena estatal, se encuentra impuesta por la escala penal fijada en abstracto por el legislador nacional (en el presente caso, seis meses a cuatro años de prisión) conforme su preliminar y privativa labor de consideración o dosificación de la respuesta estatal frente a un hecho considerado y reprochado como delito vulnerador de un determinado bien jurídico (integridad corporal); tras ello, nos encontramos en segundo lugar con el siguiente límite: debemos tener en cuenta las circunstancias o pautas de mensura “objetivas y subjetivas” establecidas por el artículo 41 del Código Penal, pero siempre movilizándonos exclusivamente dentro del terreno demarcado por las concretas dimensiones del hecho ilícito o injusto y de la culpabilidad del agente en el caso concreto, todo ello -reitero- conforme mandato constitucional.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3.- Como jueces, solamente podemos considerar y evaluar aquellas circunstancias pretendidamente agravantes que hayan sido cabal y concretamente invocadas, expresadas y fundamentadas por la/s parte/s acusadora/s (y con posibilidad de ser eventualmente rebatidas por la Defensa), ello merced al sistema acusatorio (con importantes notas adversariales) que actualmente nos rige en el régimen procedimental provincial: principio de contradicción exclusiva (plena/amplia) entre partes (Acusación y Defensa), ello a los efectos de resguardar la garantía de imparcialidad estricta del juzgador y consecuente distinción de roles e igualdad de armas entre las partes (principio “nullum iudicium sine accusatione”, una eventual ausencia de fundamentos no puede ser reemplazada por el órgano jurisdiccional, los requerimientos y fundamentos deben ser efectuados por las partes, evitándose todo argumento oficioso, conforme principio rectores del sistema adversarial). No podríamos, en su caso, considerar una pauta mensurativa agravante que no haya sido incorporada de algún modo al debate por la acusación, caso contrario entiendo que afectaríamos la imparcialidad, el contradictorio y el consecuente derecho de defensa (al desvirtuarse su facultad de poder controvertir oportunamente argumentaciones perjudiciales o agravantes de la situación del encausado).-
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 4.- La pena aquí a imponer, partiendo entonces de lo que se ha entendido como “pena justa y equitativa”, esto es, aquella que se circunscribe al principio de culpabilidad por el hecho en atención a la magnitud del injusto como conducta de un particular sujeto, como así a las limitaciones constitucionales (sustantivas y procesales) sobres las que hay me he expedido en la presente, equilibrándose además dicha labor conforme pautas de la prevención especial (todo ello en función de los amplios parámetros o presupuestos contemplados en los artículos 40 y 41 del Código Penal) debo señalar entonces que en este caso en concreto considero racional, justo y equitativo, imponer al condenado la pena de ocho meses de prisión de necesario cumplimiento condicional, con fijación por el término de dos años de las reglas de conducta antedichas (art. 27 bis CP) y costas del proceso (artículos 268 y siguientes del C.P.P).
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 08/06/2021
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DERECHO PROCESAL PENAL
9 (RLIN) 74
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) PROCEDIMIENTO PENAL
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) LESIONES LEVES
9 (RLIN) 113
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) RESPONSABILIDAD PENAL
9 (RLIN) 144
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) PENA
9 (RLIN) 110
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) GRADUACIÓN DE LA PENA
9 (RLIN) 158
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) VIOLENCIA DE GÉNERO
9 (RLIN) 116
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) FACULTADES DEL JUEZ
700 ## - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 20
Nombre personal (NR) Aufranc, Raul Alberto
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo 37709
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="http://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=01528651e0da9c1b38d98b5fad3061a0">http://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=01528651e0da9c1b38d98b5fad3061a0</a>
Texto del vínculo (R) Texto completo
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification
Tipo de material Koha (Default) Sentencias

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