"C., C. L. S/ABUSO SEXUAL" / (Registro nro. 55)

Detalles MARC
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 04135nam a22003497a 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 141120s2 a ||||| |||| 00| 0 d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Número de Resolución Nº 80/14
Tipo de Resolución Interlocutorias
110 ## - ASIENTO PRINCIPAL--NOMBRE CORPORATIVO (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Tribunal de Impugnación
9 (RLIN) 1
245 11 - CARATULA
Caratula "C., C. L. S/ABUSO SEXUAL" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Tribunal de Impugnacion
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 13 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
Tamaño de la unidad (R) 34,5 kb
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1) La disposición sobre los plazos legales y judiciales volcada en el art. 79 referida a la perentoriedad de los términos no puede ser entendida en sentido de que acarrea la extinción de la acción penal. Una interpretación semejante implicaría la creación procesal de un nuevo y acotado término de prescripción. Se consideró, en el caso, que esa no fue la intención del legislador pues de otro modo hubiera sido específicamente plasmada como sanción ante el agotamiento del plazo de la averiguación preliminar (art. 129, CPP) estipulado en 60 días (de conformidad con lo resuelto por el TI in re “Cisneros”, R.I. n° 70).
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2) Vinculado con el plazo razonable de duración del procedimiento y a las sanciones ante su incumplimiento el legislador fue muy específico al establecer en el art. 87 (CPP) un término máximo de duración de 3 años, contados desde la apertura de la investigación penal preparatoria, fijándose como consecuencia -para el caso de que transcurra dicho término- la extinción de la acción penal y la obligación de dictar el sobreseimiento del imputado. En similar sentido el art. 158 del CPP, regula el término fatal (4 meses) fijado para la duración de la etapa preparatoria, el que debe comenzar a computarse también desde que se produce la apertura de la investigación.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3) El art. 129 del CPP no prevé como sanción, ante el cumplimiento total del término de 60 días, la extinción de la acción penal. En tal sentido, sostener lo contrario implicaría hacerle decir a la norma algo que no expresa, desoyendo lineamientos interpretativos sentados por la CSJN al señalar que la primera fuente de interpretación de la ley es su letra.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 4) Así como el instituto de la caducidad, propio del derecho civil (de carácter excepcional y de interpretación restrictiva), en dicho tipo de procesos, en la primera instancia, no produce la extinción de la acción que puede volver a ser intentada a partir de un nuevo juicio; mal puede pretenderse, entonces, en el caso del art. 129 del CPP que el simple transcurso del término produzca consecuencias extintivas de la acción penal. El no optar por alguna de las alternativas contempladas en el art. 131 del CPP dentro del referido lapso temporal (60 días) acarrea consecuencias para la Fiscalía de índole administrativas.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 5) Así como el instituto de la caducidad, propio del derecho civil (de carácter excepcional y de interpretación restrictiva), en dicho tipo de procesos, en la primera instancia, no produce la extinción de la acción que puede volver a ser intentada a partir de un nuevo juicio; mal puede pretenderse, entonces, en el caso del art. 129 del CPP que el simple transcurso del término produzca consecuencias extintivas de la acción penal. El no optar por alguna de las alternativas contempladas en el art. 131 del CPP dentro del referido lapso temporal (60 días) acarrea consecuencias para la Fiscalía de índole administrativas.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 6) El transcurso de un mes, desde que operara el vencimiento del plazo de 60 días (art. 129, CPP), no constituye por sí solo una violación del plazo razonable. <br/>
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 03/11/2014
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DERECHO PROCESAL
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) PLAZO
9 (RLIN) 78
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) EFECTOS
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) GARANTIA A SER JUZGADO EN UN PLAZO RAZONABLE
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) INTERPRETACION DE LA LEY
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) AVERIGUACION PRELIMINAR
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) TERMINOS FATALES
700 ## - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 5
Nombre personal (NR) Deiub, Liliana Beatriz
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 13
Nombre personal (NR) Rimaro, Héctor Guillermo
700 ## - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 8
Nombre personal (NR) Trincheri, Walter Richard
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo MPFZA 11132/2014
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="http://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/files/00055.pdf">http://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/files/00055.pdf</a>
Nota dirigida al público (R) Texto completo
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification
Tipo de material Koha (Default) Interlocutorias

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