"SALCEDO, GABRIEL DARIO Y OTROS S/HOMICIDIO" / (Record no. 103)

MARC details
000 -CABECERA
Campo de control de longitud fija 05008nam a2200361 4500
008 - ELEMENTOS DE LONGITUD FIJA -- INFORMACION GENERAL (NR)
Campo de control de longitud fija 150430s2015 a ||||| |||| 00| 0 s d
020 ## - TIPO DE RESOLUCION Y NUMERO
Número de Resolución N° 21/15
Tipo de Resolución Sentencias
110 ## - ASIENTO PRINCIPAL--NOMBRE CORPORATIVO (NR)
Nombre corporativo o de jurisdicción como elemento de entrada (NR) Tribunal de Impugnación
9 (RLIN) 1
245 11 - CARATULA
Caratula "SALCEDO, GABRIEL DARIO Y OTROS S/HOMICIDIO" /
Mención de responsabilidad, etc. (NR) Tribunal de Impugnacion
300 ## - DESCRIPCION FISICA (R)
Extensión (R) 36 p.
Otros detalles físicos (NR) pdf
Tamaño de la unidad (R) 114Kb
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 1.- En relación al primer agravio -la inadmisibilidad del perito ofrecido en la audiencia de control de acusación-, no habiendo realizado reserva de impugnación en tiempo oportuno (art. 172 último párrafo), ni aún establecido los extremos específicos sobre los cuales pretendía contrarrestar la prueba de ADN, como así la prueba papiloscópica, de modo de fijar la pertinencia acorde al objeto de investigación como así la utilidad para el descubrimiento de la verdad (art. 171 primer párrafo), considero corresponde su desestimación.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 2.- Respecto del segundo agravio -ausencia de instrucciones que explicasen el derecho aplicable en torno al elemento subjetivo del tipo penal previsto por el art. 165 del Código Penal, como así ausencia de instrucciones relativas a otras figuras penales alternativas (homicidio preterintencional) que permitiesen concursar con el robo y que habrían inducido a error al Jurado Popular-, no corresponde su tratamiento en tanto no existieron instrucciones concretas referidas a tales extremos que hubiesen sido rechazadas y objetado su rechazo en los términos exigidos por los arts. 205 primer párrafo in fine y 238 inciso c. [...]En el presente, las instrucciones giraron en torno a la figura del art. 165 del CP. Este tipo penal (compuesto) afecta dos bienes jurídicos distintos (robo/propiedad y homicidio/vida). No se trata de una figura calificada y por ello no existió en el caso un "delito base" para instruir al jurado. Finalmente, la instrucción relacionada a la calificación legal que pretende la defensa introducir en el juicio de cesura (robo en concurso real con homicidio preterintencional) no se corresponde con la teoría del caso sostenida por los defensores particulares del imputado al momento del juicio de responsabilidad, con lo cual mal puede sostenerse - tardíamente- que se omitieron instrucciones al respecto. Máxime cuando -como bien lo apunta el querellante-, el medio empleado (sobre zonas vitales), resulto idóneo para provocar el resultado "muerte", por lo cual ab initio tal instrucción no se ajustaba al caso juzgado. Adviértase en este sentido que la defensa en su oportunidad reconoció la brutalidad de los golpes propinados a la víctima, circunstancia que descarta el elemento subjetivo culposo en relación al homicidio.
505 0# - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO PREESTABLECIDO (R)
Nota de contenido con formato preestablecido (NR) 3.- En relación al tercer agravio, atinente al monto de la pena, en primer lugar el impugnante no controvirtió el sistema de medición de la pena propugnado por los acusadores. En el caso del querellante partió del máximo de la escala penal (25 años) para luego computar los atenuantes. Mientras que la fiscalía sostuvo que partió del "justo medio" (conforme a la interpretación dada en la sentencia de pena en el caso "Fernández Godoy", discutido por quien suscribe en el caso "Ancatel") para luego computar agravantes y atenuantes. Conforme emerge de la sentencia -y la defensa no lo refuto- la propia defensa habría solicitado cinco años de prisión de hacerse lugar al segundo agravio y acoger la calificación propuesta por la defensa, y para el caso que no acogiera el cambio de calificación, solicito se impusiera la pena acorde a "la media de la calificación pedida por la Fiscalía y la Querella" (conforme sentencia de cesura dictada el 15 de enero de dos mil quince). En tal sentido, el antecedente penal del imputado fue evaluado como agravante por la fiscalía y como no-atenuante para la querella. Resultado de lo dicho, la decisión se circunscribe a los puntos de agravios introducidos por el impugnante y contradichos por las partes acusadoras.
518 ## - NOTA DE FECHA/HORA Y LUGAR DE UN EVENTO (R)
Fecha de la Resolución (NR) 08/04/2015
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) DERECHO PROCESAL
9 (RLIN) 232
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) PERITO DE PARTE
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) ADMISIBILIDAD
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) INSTRUCCIONES
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) TIPO PENAL
650 #7 - ASIENTO SECUNDARIO DE MATERIA - TERMINO TEMATICO (R)
Fuente del encabezamiento o término (NR) SAIJ
Término temático o nombre geográfico como elemento de entrada (NR) GRADUACION DE LA PENA
9 (RLIN) 158
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) JURADO POPULAR
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ART. 165/CP
653 ## - TERMINO DE INDIZACION - NO CONTROLADO (R)
Término de indización no controlado (R) ART. 172/CPP
700 1# - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 5
Nombre personal (NR) Deiub, Liliana Beatriz
700 ## - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 11
Nombre personal (NR) Martini, Florencia María
700 ## - FIRMANTES - NOMBRE PERSONAL (R)
9 (RLIN) 7
Nombre personal (NR) Folone, Gladys Mabel
774 ## - NUMERO DE LEGAJO
Número de Legajo MPFJU 11452/2014
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="http://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=6f2ce8dbc6bb47e363b450681c997006">http://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=6f2ce8dbc6bb47e363b450681c997006</a>
Texto del vínculo (R) Texto completo
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="http://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-detail.pl?biblionumber=231">http://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-detail.pl?biblionumber=231</a>
Texto del vínculo (R) Interlocutoria TI N° 68/15
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="http://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-detail.pl?biblionumber=832">http://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-detail.pl?biblionumber=832</a>
Texto del vínculo (R) Sentencia de Responsabilidad
856 ## - LOCALIZACION Y ACCESO ELECTRONICOS (R)
Identificador Uniforme del Recurso (“URI”) (R) <a href="http://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-detail.pl?biblionumber=833">http://jurispenal.jusneuquen.gov.ar/cgi-bin/koha/opac-detail.pl?biblionumber=833</a>
Texto del vínculo (R) Sentencia de Pena
942 ## - Elementos Agregados (KOHA)
Fuente de clasificación o esquema de estanterías Dewey Decimal Classification
Tipo de material Koha (Default) Sentencias

No items available.