"RODRIGUEZ MARIA ROSARIO S/ DENUNCIA ‘IMPUGNACIÓN EXTRAORDINARIA’" /

"RODRIGUEZ MARIA ROSARIO S/ DENUNCIA ‘IMPUGNACIÓN EXTRAORDINARIA’" / Tribunal Superior de Justicia - 31 p. pdf 143 Kb

1.- Corresponde el rechazo formal de la presentación del señor Querellante por el incumplimiento de las condiciones mínimas que hacen a la interposición del recurso en función de lo dispuesto por los incisos 2 y 3 del art. 248 del C.P.P.N. La Sala Penal se ha pronunciado sobre los alcances del motivo previsto en el inc. 3° de la norma invocada por la Querella: “ ... este andarivel no tiene como misión el control de la corrección jurídica de la interpretación normativa que llevó a cabo el tribunal a-quo, sino verificar que ante situaciones sustancialmente análogas se han producido respuestas divergentes que han de ser unificadas por el Tribunal. Para tal menester, en dicho documento impugnativo debe hacerse constar la igualdad del supuesto de hecho y la desigualdad -contradicción- en la interpretación y aplicación de la pertinente norma jurídica”. 2.- [ … ] las valoraciones y ponderaciones realizadas por el Tribunal de Impugnación, además de obedecer a cuestiones de hecho y prueba ajenas a la instancia federal (y por ende ajenas al andarivel recursivo que invocan, previsto en el Art. 248 inc. 2° del C.P.P.N.), no colocan el decisorio en un supuesto de arbitrariedad de sentencia capaz de concitar la competencia de nuestro Máximo Tribunal Nacional, ya que éste ampara exclusivamente aquellos casos en los que el fallo impugnado padece de una gravedad extrema que la descalifican como pronunciamiento judicial válido (C.S.J.N., Fallos 294:376 y 425; 295:931; 296:82; 308:641; 310:1707; 314:1404 y 324:1721, entre muchos otros), lo que a la luz de lo expuesto evidentemente no ha acontecido.

14/08/2015

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DERECHO PROCESAL
RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
SENTENCIA ARBITRARIA
VIOLACION DE LA LEY O DOCTRINA LEGAL

INCUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS SENTENCIA CONTRADICTORIA ART. 248/CPPN

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