"IRIBARRA, MATIAS DIEGO S/ ROBO CALIFICADO" /

"IRIBARRA, MATIAS DIEGO S/ ROBO CALIFICADO" / Tribunal de Impugnación - 7 p. pdf 71.7Kb

1) Es procedente calificar el delito de robo con arma (art. 166 inc. 2do. párr. 2do, CP) si la misma fue secuestrada tras ser divisada por personal de la prevención en el asiento trasero del vehículo en el que se desplazaban los autores del desapoderamiento previamente cometido al ser interceptados, si a su vez se efectuó una búsqueda de los elementos que portaban y no fue hallada otra, sumado a que fue reconocida (de manera impropia, en el debate) particularmente por poseer una cinta negra que envolvía las cachas.

30/07/2014

73/14


DERECHO PENAL
ROBO CON ARMAS
RECONOCIMIENTO DE COSAS

SECUESTRO

Con tecnología Koha