"A. H. S/ABUSO SEXUAL AGRAVADO POR SER ENCARGADO DE LA EDUCACION" / Tribunal de Impugnación

Por: Colaborador(es): Descripción: 28 p. pdfISBN:
  • Sentencia N° 13/24 Fecha 27/03/24
Tema(s): Recursos en línea:
Contenidos:
SUMARIOS: 1) En función del primer motivo de agravio, arbitraria valoración de la prueba, y en particular a los alegados problemas de corroboración del testimonio de cargo, se impone rechazar su procedencia. La sentencia de responsabilidad se hizo cargo de cumplir con una minuciosa valoración del testimonio de cargo y de analizar las razones brindadas por la experta para establecer la existencia de un relato con coherencia interna y externa. La sentencia brindó debida respuesta a los argumentos vinculados con la valoración de prueba.
2) Respecto al segundo motivo de agravio – arbitrariedad de sentencia por falta de motivación, no luce arbitraria dicha conclusión jurisdiccional condenatoria, toda vez que, el argumento defensista no constituye una crítica prolija y circunstanciada de la sentencia impugnada, pues tal recaudo no se satisface con sostener un criterio interpretativo distinto del seguido en la sentencia.
3) Vale establecer que la prueba reunida resultó suficiente para acreditar la materialidad y existencia de los dos hechos endilgados, la autoría del imputado en calidad de autor y la calificación legal establecida, y que la sentencia recurrida expuso fundamentos de peso suficientes para resolver del modo en que se lo hizo a partir de una valoración integral de los elementos de convicción producidos en el juicio.
4) Se ha cumplido con el deber de motivación de sentencia ya que en el decisorio se concretaron de manera clara y conforme los parámetros aplicables al caso los fundamentos de convicción para la determinación de responsabilidad. En igual razonamiento, se advierte por qué se falló en una decisión derivada de la valoración de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, no observándose una fractura en el razonamiento lógico empleado.
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SUMARIOS:
1) En función del primer motivo de agravio, arbitraria valoración de la prueba, y en particular a los alegados problemas de corroboración del testimonio de cargo, se impone rechazar su procedencia. La sentencia de responsabilidad se hizo cargo de cumplir con una minuciosa valoración del testimonio de cargo y de analizar las razones brindadas por la experta para establecer la existencia de un relato con coherencia interna y externa. La sentencia brindó debida respuesta a los argumentos vinculados con la valoración de prueba.

2) Respecto al segundo motivo de agravio – arbitrariedad de sentencia por falta de motivación, no luce arbitraria dicha conclusión jurisdiccional condenatoria, toda vez que, el argumento defensista no constituye una crítica prolija y circunstanciada de la sentencia impugnada, pues tal recaudo no se satisface con sostener un criterio interpretativo distinto del seguido en la sentencia.

3) Vale establecer que la prueba reunida resultó suficiente para acreditar la materialidad y existencia de los dos hechos endilgados, la autoría del imputado en calidad de autor y la calificación legal establecida, y que la sentencia recurrida expuso fundamentos de peso suficientes para resolver del modo en que se lo hizo a partir de una valoración integral de los elementos de convicción producidos en el juicio.

4) Se ha cumplido con el deber de motivación de sentencia ya que en el decisorio se concretaron de manera clara y conforme los parámetros aplicables al caso los fundamentos de convicción para la determinación de responsabilidad. En igual razonamiento, se advierte por qué se falló en una decisión derivada de la valoración de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, no observándose una fractura en el razonamiento lógico empleado.

fecha de la sentencia 27/03/2024

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