"P., L. A. S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL" / Tribunal de impugnacion
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1-El recurso fue interpuesto en tiempo y forma pero lo cierto es que no fue interpuesto contra una resolución impugnable. La querella impugna una resolución de la juez de ejecución donde resuelve por aplicación del art. 140 de la ley 24660 reducir seis meses el computo de pena (estimulo educativo). El art. 237 del CPP establece taxativamente cuales son las resoluciones impugnables, refiriendo que todo auto procesal importante es motivo de impugnación. Auto procesal importante es aquel que es equiparable a sentencia definitiva, y la resolución atacada no es equiparable a sentencia definitiva.
04/04/2016
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