"MOLINA PABLO - VAZQUEZ Y BERRONDO S/ ROBO CALIFICADO ‘IMPUGNACIÓN EXTRAORDINARIA´" / Tribunal Superior de Justicia
Descripción: 12 p. 92 Kb pdfISBN:- 29/15
1- Corresponde rechazar formalmente la impugnación fiscal por el incumplimiento de las condiciones mínimas que hacen a la interposición del recurso que, bajo esa vía excepcional, pretende someter al conocimiento de esta instancia (artículo 227, a contrario sensu, del C.P.P.N.).
2.- Aun cuando podría considerarse que con mención al inc. 2 del art. 248 del CPPN, se habría denunciado arbitrariedad, ello en modo alguno se verifica, pues el mismo recurrente manifiesta que el Voto del Dr. Repetto -quien emitió el voto en forma oral- expone los fundamentos necesarios para resolver como se hizo, basados en las normas del Código Procesal Penal de la Provincia del Neuquén. [ … ] En su clásica definición de la doctrina de la sentencia arbitraria, la Alta Corte incluyó a aquellas “(…) desprovistas de todo apoyo legal, fundadas tan solo en la voluntad de los jueces, y no cuando haya simplemente interpretación errónea de las leyes, a juicio de los litigantes, porque si así no fuera, la Suprema Corte podría encontrarse en la necesidad de rever los fallos de todos los tribunales de toda la República en toda clase de causas, asumiendo una jurisdicción más amplia que la que le confieren los Arts. 100 y 101 de la Constitución Nacional, y 3° y 6° de la ley 4055 (…)” (Fallos: 112:384)
14/08/2015
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